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Coste extinción de condominio - VMS Abogados
Debemos entender el condominio como la situación en la que distintas personas comparten el dominio o propiedad de una cosa. De esta forma, el art. 399 del Código Civil establece que los cotitulares tienen la propiedad de su parte de la cosa común, así como de los beneficios que le correspondan, y pueden disponer libremente de esa parte, provenientes, cediendo o hipotecando. Sólo se contempla una salvedad a la libre disposición, cuando la propiedad común es indivisible.
Una vez que tenemos claro en qué consiste un condominio, podemos entender que, mediante la supresión del mismo, se dividirá la situación compartida establecida sobre un bien. Para obtener el reparto de la cosa común, cualquier copropietario puede ejercitar el derecho a su división libremente, ya que no hay obligación de permanecer en el régimen de copropiedad de forma permanente, salvo que exista un acuerdo de indivisión o de exclusión sobre la cosa común, siendo la duración máxima del pacto de 10 años, pero reflejando el Código Civil la posibilidad de prorrogarse mediante un nuevo acuerdo firmado por los copropietarios.
Se debe matizar la diferencia entre cosa divisible e indivisible:
- Si la cosa común no pudiera dividirse, se procederá a la división económica de la misma, a través de la venta y el reparto del importe recibido.
- Si la cosa común pudiera dividirse, se procede a la división material, y, debido a ello, se obtiene la parte de la cosa común que se corresponda con el coeficiente del copropietario en la propiedad común.
La experiencia nos ha mostrado que las siguientes son los principales motivos de extinción de un condominio:
- Que el copropietario renuncie a sus derechos, ya que no existe obligación de continuar en la situación de cotitularidad.
- En el caso de los inmuebles, siendo propiedades que no pueden separarse, si no hay adjudicación completa a uno de los cotitulares con la correspondiente indemnización al resto de comuneros, se pone en venta el inmueble y se reparte el valor entre los copropietarios.
Por todo ello, para que se proceda a la extinción del condominio debe darse la previa existencia del mismo, y en consecuencia diversas personas tienen que ser titulares de una cosa común. No tiene que haberse firmado el pacto de indivisibilidad o exclusión, y debe haber un deseo de separar la cosa común, ya sea individual, por un solo cotitular, que podrá instar el procedimiento judicial para la extinción del bien común, o debe haberse alcanzado un acuerdo entre todos los copropietarios para poder realizar la separación de el bien común.
Contacte con nuestros abogados especialistas en extinción de condominios.
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Coste extinción de condominio - Características de nuestro servicio
Las principales labores que realiza un abogado en esta cuestión son las siguientes:
- Reunión con los copropietarios para alcanzar un acuerdo beneficioso sobre la división de el bien común. Cuando se ha llegado a un acuerdo se procede a la citación con el notario para firmar la escritura a través de la que se divide la cosa común, siempre que todos los cotitulares hayan consentido la disolución. Es la vía más ágil para la disolución del condominio y se encuentra recogida en la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
- Cuando no existe acuerdo para la separación de la cosa común, es necesario interponer la acción legal de separación de la propiedad común indivisible. Se interpondrá ante el juzgado correspondiente, y una vez se obtenga la sentencia que determine la indivisibilidad del bien, se realizarán los pasos reflejados en la Ley de Jurisdicción Voluntaria para proceder a la subasta del mismo.
- Acciones jurídicas derivadas de la extinción del condominio por la influencia de este en otros negocios legales.
En términos generales, el abogado guiará en el proceso para que los cotitulares de la cosa común alcancen un pacto y se proceda a la venta del bien común en el caso de que esta fuere indivisible, o adquisición de la proporción correspondiente de la cosa común si esta fuere divisible, que se contemplará en escritura notarial.
Por otro lado, y en el caso de no llegarse a un acuerdo entre los copropietarios, se iniciará un proceso legal que finalizará con la subasta del inmueble.
Del mismo modo, orientamos en el resto de las acciones jurídicas originadas de la disolución del condominio. Por ejemplo, cuando hay sobre la cosa común una garantía, como sucede habitualmente con las hipotecas sobre propiedades inmuebles. Después de la disolución del régimen de cotitularidad se tendría que proceder a la novación subjetiva del contrato de la hipoteca y situar como garante a la persona que ha adquirido la propiedad de manera conjunto, ya que, tal y como recoges el art. 405 del Código Civil, la división del bien común no perjudicará a otra persona, que mantendrá los derechos del préstamo hipotecario, servidumbre u otros derechos reales le pertenecieran antes de hacer la separación.
En los temas de familia es frecuente que acudan preguntas sobre el derecho de uso después de la disolución del condominio. Aconsejamos que el derecho de utilización se inscriba en el Registro de la Propiedad para ser oponible a otras personas de buena voluntad.
Coste extinción de condominio - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
La situación de condominio se produce mayoritariamente cuando el dueño de una vivienda fallece, y la misma es comprada por sus herederos, así como en las separaciones entre parejas cuando los dos son propietarios de un bien común.
Si requieres de un profesional que conozca muy bien las causas que dan lugar a la situación de copropiedad, y necesitas un servicio de asistencia específico para proceder a la extinción del condominio, llegar a un acuerdo con el resto de copropietarios, o poner en valor tu derecho a disolver el condominio a través de un proceso legal, así como orientación para las acciones jurídicas que puedan generarse, contacta con nuestro bufete.
Tenemos que tener presente que, tal y como hemos comentado antes, la posibilidad de disponer libremente de la parte proporcional del bien común puede quedar restringido al pacto de indivisibilidad que podría alcanzar hasta los diez años y que se permite la prórroga a través de un acuerdo de los cotitulares. En caso de la ausencia pacto, la actuación no se encuentra sujeta a plazo de prescripción, en base a lo estipulado por el art. 1965 del Código Civil, por lo que cuando lo considere oportuno el cotitular podrá hacer uso de su derecho a dividir a cosa común, siempre que, tal y como hemos comentado, no haya acuerdo de indivisibilidad.
El mejor momento para acudir a nuestro bufete es en el que aparece el interés por separar la cosa común, para poder estudiar en profundidad todos los caminos posibles e iniciar la más ventajosas para el cliente, es por ello por lo que siempre aconsejamos que os anticipéis a que produzca el problema, y contactemos con un abogado especialista desde el primer momento.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.